¿Sabes qué es la sustitución vulgar?

¿Qué es la sustitución vulgar?, es una figura jurídica que le permite al testador nombrar un heredero a su libre elección. Es decir, si el heredero que es llamado a la herencia no quiere recibir o no puede heredar, esta o estas personas que llama el testador pueden ocupar su lugar. Esta situación o circunstancia, es regulada en el artículo 774 de CC.

Se conoce también como sustitución común; y es por lo general, la última voluntad del testador cuando luego de nombrar a su o a sus herederos, indica quién o quienes sucederán como herederos sustitutos si el nombrado inicialmente no le sucede.

Si se diera el caso de que el heredero instituido llegara a fallecer antes de que el testador,  rechace la herencia o sea incapaz de sucederle, pasa a ser el heredero el que fue instituido en segundo lugar, a éste se le llama sustituto vulgar.

El sustituto vulgar no tendrá ningún tipo de limitaciones, ya que es un heredero genuino. El hecho de que hayan más sustitutos previstos por el testador, no influye en nada. Sin embargo, el testador puede establecer que la sustitución se dé sólo en casos determinados.

Cuando fallece el instituido heredero después que se abre la sucesión y antes de que se acepte, la sustitución vulgar no aplica; en este caso, opera el derecho de transmisión.

Pareciera un poco complicado, pero para los especialistas de Abogado Amigo esto está entre sus rutinas.

 

¿Cómo se determinan los sustitutos vulgares?

Inicialmente, si el testador ha nombrado algún o algunos herederos explícitos, no hay necesidad de aplicar ninguna prueba para determinar si hay o no otros herederos forzosos si tienen esa condición. Tampoco habrá que probar que no hay heredero forzoso si el que nombró era una persona extraña.

En el caso de que el testador haya nombrado un sustituto vulgar de manera nominal, si el testador fallece y no hay ningún heredero, el sustituto vulgar puede recibir la herencia sin mayor problema de identificación.

Se debe analizar muy detalladamente la naturaleza de la institución de la sustitución vulgar, de esta manera se determinará la existencia o de la cesión del derecho al sustituido. En este caso, cuando después del testador fallece el primer heredero instituido, habiéndose producido con antelación la aceptación o el rechazo de la herencia.

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